Estimados amigos:
En la tabla publicada figura el supuesto porcentaje de áreas protegidas con
que cuenta la República Dominicana. Eso no está reflejado en ninguna parte
de la ley, es una aportación de quien ha preparado la tabla publicada y es
donde se han detectado los errores descritos en el correo anterior.
Es muy importante solucionar este problema, así como los que se han
reflejado al TRANSCRIBIR el texto de la Ley 202.04 y colocar los apartados
de "area marina", "area terrestre", etc y hacerlo incorrectamente, como en
el caso del Parque Nacional Jaragua.
Es muy loable que alguien se preocupe de ofrecernos datos que ayuden a
entender la Ley 202-04, pero hay que hacerlo con precisión, pues de otra
manera un servicio a la conservación se puede convertir, como en este caso,
en un peligroso documento con errores que teóricamente cuenta con la
aquiescencia del sector ambiental. FOROAP no debería hacerse eco de trabajos
con errores, aun cuando no se hallan realizado con mala intención, como
evidentemente ha sucedido ahora.
Vuelvo a solicitar que se retire la tabla, pues induce a error a quien la
utilice y resulta sumamente peligroso que se puedan utilizar datos,
procedentes precisamente del sector ambiental serio, donde se refleja un
porcentaje de áreas protegidas muy superior al real y donde se exagera la
superficie terrestre de un parque nacional a dos veces más de lo que ocupa
realmente.
Si en una primera revisión se han detectado esos dos errores, muy graves,
probablemente el documento tendrá otros. Por ello solicito que se revise
profesionalmente, se corrija adecuadamente y se publique avalado por la
firma de quienes le den el respaldo correspondiente en base a su revisión
exhaustiva.
Saludos cordiales.
Adolfo López
Nearby Thu Oct 27 14:07:45 2005
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